Desestimación por inexistencia de contrato de préstamo bancario
- Pena Rey
- 3 nov
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En este caso nuestro patrocinado fue demandado por una entidad bancaria por presunto impago de un contrato de préstamo suscrito entre las partes, reclamando dicha entidad la cantidad de 25.000 euros, más intereses y costas.

Basamos nuestra defensa, principalmente, en la incorrección en la presentación de la demanda de contrario, ante la falta de prueba de la existencia del préstamo en los términos por ella alegados, puesto que, en la documentación, no se aportaba el principal objeto de la demanda, el contrato de préstamo.
Por parte del demandante se solicita el cumplimento contractual amparándose en lo estipulado en los artículos 1.091 y 1.258 del Código Civil sobre cumplimiento.
Por nuestra parte alegamos como hemos mencionado, la inexistencia del contrato presentado de contrario, ya que se limitan a aportar una certificación interna de incumplimiento del contrato, además de la existencia de posibles cláusulas abusivas en el mismo.
El Juez de Instancia nos da la razón, al argumentar:
“[…] ante la falta del documento básico y fundamental como es el contrato o póliza de préstamo bancario, a este juzgador le resulta imposible conocer la fecha y condiciones esenciales del préstamo alegado por la entidad bancaria para poder analizar si existe o no incumplimiento contractual. No es suficiente para al estimación de la presente demanda una mera liquidación o certificación elaborada por la propia actora por cuanto es necesario e imprescindible presentar el propio contrato por cuanto constituye el soporto material básico de dicha liquidación o certificación que ha sido impugnada y discutida por la parte demandada, siendo por otro lado la relación crediticia un hecho constitutivo de la acción cuya carga de la prueba le corresponde a la parte actora, conforme art. 217 de la LEC.”
Por todo ello, el Juzgador resuelve:

Asimismo, se impone la condena en costas a la parte contraria.




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