Concesión de Autorización de Residencia Temporal
- Pena Rey
- 2 abr 2024
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 17 ene
Buenas noticias!
Nos ha sido notificada la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.º 14 de Madrid por la que se nos da la razón, concediendo la Autorización de Residencia Temporal nuestro cliente.

El 17 de octubre de 2022, esta presentó solicitud de autorización de residencia y trabajo temporal por circunstancias excepcionales de arraigo que la Administración acaba denegando pese a que nuestro cliente reunía todos los requisitos para que le fuera concedida dicha autorización de residencia.
La Administración en este caso, alude a una falta legibilidad del pasaporte, sin que se nos requiera a aportar nuevamente el pasaporte.
En cuanto nos es notificada resolución esta parte recurre ante los tribunales dicha resolución al entender que es contraria a Derecho y produce indefensión a nuestro cliente.
Es habitual que la Administración deniegue este tipo de autorizaciones sin ningún tipo de base jurídica, lo que nos obliga a acudir a la vía judicial para defender los intereses de nuestros clientes.
Examinado el expediente por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, este nos da la razón, declarando que no es causa para denegar la autorización la supuesta ilegibilidad del pasaporte, que la Administración no requiere al interesado para que aportar nuevamente el pasaporte causando en éste indefensión, llegando a reconocer que el pasaporte era plenamente visible.





Comentarios