top of page
Buscar

Sobre el uso de la vivienda familiar y límites probatorios en procedimientos de modificación de medidas

  • Foto del escritor: Pena Rey
    Pena Rey
  • 26 ene
  • 3 Min. de lectura

La Sentencia que nos ocupa, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, ofrece un ejemplo muy ilustrativo de cómo los tribunales bordan las solicitudes de modificación de medidas en materia de guarda y custodia, así como las pretensiones relativas al uso de la vivienda familiar y la admisión de determinados medios de prueba.



En este procedimiento, nuestra cliente es parte en un procedimiento de modificación de medidas presentado por el padre, quien solicita el cambio de la guarda y custodia de la hija menor, la atribución del uso de la vivienda familiar a su favor y una compensación económica por el uso de dicha vivienda por parte de la nueva pareja de la madre.


La sentencia de primera instancia desestimó íntegramente sus pretensiones, lo que motivó la interposición del recurso de apelación, fundamentando el mismo en tres motivos: error en la valoración de la prueba (especialmente en relación con unas cartas manuscritas supuestamente redactadas por la menor, que el padre consideraba determinantes para acreditar su voluntad de cambiar de custodia), el cambio de las circunstancias (alegando que la madre, nuestra patrocinada, residía desde 2022 con una nueva pareja y que ello debía provocar la pérdida del derecho del uso de la vivienda), así como la disponibilidad laboral (afirma que desde enero del año pasado se dispone de las tardes libres, lo que permite asumir la custodia).


Ante dicho Recurso esta parte presentó su oposición destacando la falta de autenticidad y la vulneración del derecho a la intimidad de la menor respecto de las cartas aportadas, así como la existencia de un procedimiento paralelo de liquidación de gananciales, donde debía resolverse el destino de la vivienda familiar y por último, la negativa del padre a aceptar cualquier tipo de propuesta razonable sobre la mencionada liquidación.


De igual manera el Ministerio Fiscal también interesó la desestimación del recurso, alegando que no existe cambio sustancia de las circunstancias, que el interés superior del menor aconseja la continuidad con de la situación actual permaneciendo con la madre, así como el hecho de que la exploración de la menor queda de manifiesto el deseo de lamisma de permanecer con la madre.


Visto lo anterior, la Sala confirma íntegramente la sentencia de instancia y desestima el recurso de apelación. Los puntos clave de su razonamiento son los siguientes: sobre la guarda y custodia no entiende que se hayan producido cambios sustanciales o relevantes más allá de la edad de la menor, quien asimismo como hemos dicho, manifestó de manera clara su deseo; sobre las cartas manuscritas aportadas de la menor, la Sala inadmite las mismas por vulnerar la intimidad de la menor, además de presentar dudas sobre la autenticidad de las mismas; sobre el uso de la vivienda familiar la Audiencia considera que la convivencia de la madre con una nueva pareja no implica la pérdida automática del uso de la vivienda, máxime cuando las partes llevan años en negociación por la liquidación de los gananciales, existiendo un procedimiento específico para ello. Por ultimo se condena en costas a la parte apelante, también a las de primera instancia.


La sentencia reafirma criterios consolidados en materia de Derecho de Familia: la protección del menor como eje central, la exigencia de cambios relevantes para modificar medidas y la necesidad de respetar escrupulosamente los cauces procesales en la obtención de pruebas.


Para quienes afrontan procedimientos de modificación de medidas, esta resolución subraya la importancia de fundamentar adecuadamente la demanda y de evitar estrategias probatorias que puedan resultar contraproducentes.




 
 
 

Comentarios


bottom of page